3º E.S.O.
3er curso de ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA
ASIGNATURAS
MATERIAS
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Asignatura |
Nº de horas semanales |
Comunes |
Lengua Castellana y Literatura |
4h. |
Lengua Extranjera (Inglés) |
3h. |
Matemáticas |
4h. |
Ciencias Sociales, Geografía e Historia |
3h. |
Física y Química |
2h. |
Biología y Geología |
2h.
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Educación Física |
2h. |
Educación Plástica y Visual |
2h. |
Música |
2h. |
Tecnología |
2h |
Enseñanzas de Religión/Alternativa |
1h. |
Tutoría |
1h
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a elegir una optativa entre:
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2º Lengua extranjera (Francés) |
2h. |
Cultura Clásica |
Introducción a los Procesos Administrativos (IPA) |
Teatro |
TOTAL....
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30h. |
OPTATIVIDAD EN 3º DE ESO
En este curso comienza a producirse una atención a la diversidad más amplia.
Por un lado tenemos un grupo de Diversificación curricular para aquellos alumnos que han presentado dificultades en su aprendizaje y un curriculo diferente les permite obtener el título de la ESO
Por otro lado, todos los alumnos pueden expresar su interés por una materia optativa elegida entre las propuestas por el centro.
En nuestro centro se ofertan la siguientes optativas para 3º ESO:
- 2º Lengua extranjera (Francés)
- Cultura Clásica
- Introducción a los Procesos Administrativos (IPA)
- Teatro.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
- Las materias no superadas en junio pueden recuperarse en septiembre.
- Si el área tiene continuidad, (por ejemplo Lengua, Matemáticas, Inglés) las medidas adoptadas serán competencia del profesor que la imparta en el curso siguiente.
- En el caso de las áreas que no tengan continuidad,(por ejemplo Música, Francés, Técnología) la aplicación y seguimiento de esas medidas corresponderá al Departamento didáctico al que pertenezca la asignatura.
DECISIÓN DE PROMOCIÓN DE 3º A 4º DE ESO
NORMATIVA
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LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. art 28 y 31de la LOE desde el curso 2007/2008)
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REAL DECRETO 806/2006 de 30 de junio (modificado por RD 1467/2007) por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecido por la LOE. (por el que se aplican los art 28 y 31de la LOE desde el curso 2007/2008)
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ORDEN ECI/1845/2007, de 19 de junio, por laque se establecen los elementos de los documentos básicos de evaluación de la educación básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado.
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REAL DECRETO 1631/200 de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
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DECRETO 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establecen el curriculo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Orden EDU/1046/2007, de 12 de junio 2007, por la que se regula la implantación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Orden EDU/1046/2007, de 12 de junio 2007, por la que se regula la implantación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
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Orden EDU/1952/2007, de 29 de noviembre 2007, por la que se regula la evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.