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Bachillerato
Espacio Europeo de Educación Superior

 

Espacio Europeo de Educación Superior


          La Universidad española empieza su transformación para adaptarse al Espacio Europeo de Educacion Superior.

          El EEES tiene su origen en la Declaración de Bolonia de 1999 que fue suscrita por 28 estados europeos.  En las posteriores Conferencias de Ministros se han ido incorporando hasta 46 países.

          El Objetivo es adoptar un sistema educativo superior que sea flexible y comparable entre países; que permita la  compatibilidad de Titulaciones y que facilite la movilidad de estudiantes y titulados. En la Declaración de Bolonia  se establece un plazo para la armonización hasta 2010.

         En el curso 2008 - 2009 se pondrán en marcha las primeras nuevas titulaciones y a partir del curso 2010 - 2011 ya no podrán iniciarse estudios con el sistema actual.Las titulaciones que no se hayan adaptado desaparecerán.

         Los títulos se organizan en cinco ramas de conocimiento:

  • Artes y Humanidades
  • Ciencias
  • Ciencias de la Salud
  • Ciencias Sociales y Jurídicas
  • Ingeniería y Arquitectura

    Las principales diferencias entre el sistema actual y el que implantará son:

   Sistema actual Espacio Europeo de Educacion Superior
 Medida 1 crédito = 10 horas lectivas  Un Credíto Europeo (ECTS) = 25 a 30 horas de trabajo del estudiante Un curso = 60 créditos
 Titulaciones   Diplomados(3 cursos) y Licenciados (5 ó 6 cursos)

 (1º Ciclo)  Título de Grado 

180 créditos (3 cursos)

240 créditos (4 cursos)

            --

 (2º Ciclo)   Título de Master

 60 a 120 créditos  (1 ó 2 cursos)
            --

 (3º ciclo)  Título de Doctor

 mínimo 300 créditos acumulando los anteriores y proyecto.
       

  Sistema Europeo de créditos y calificaciones de las enseñanzas universitarias.

       Los nuevos planes de estudios deberán centrarse en la adquisición de competencias por parte de los estudiantes, superando el  enfoque actual  basado en contenidos y horas lectivas.

      La unidad de medida serán los créditos europeos, ECTS (Sistema Europeo de Trasferencia y acumulación de Créditos) que  se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Surgieron en 1999 para convalidar las asignaturas que hacína los estudiantes del proyecto Erasmus en los intercambios.

     Los ECTS  reflejan los resultados del aprendizaje y volumen de trabajo realizado por el estudiante para alcanzar los objetivos establecidos en el plan de estudios, poniendo en valor la motivación y el esfuerzo del estudiante para aprender. Equivalen a entre 25 y 30 horas de trabajo del estudiante incluyendo desde la asistencia a clase hasta el tiempo edicado a estudiaar y realizar trabajos.

 


Las  enseñanzas oficiales de Grado, Máster  y Doctorado 

Título de grado: es el primer ciclo de las enseñanzas universitarias y contiene enseñanzas básicas  junto a otras de especialización que permiten ejercer determinadas profesiones. Equivale  a los actuales estudios de diplomatura y licenciatura. Dependiendo de cada titulación puede durr 180 ó 240 horas.

Se está trabajando aún sobre el diseño de algunas titulaciones:  quizás se  requieran 300 créditos más un proyecto para el grado de arquitectura   y también es posible que  se pidan  360 créditos (6 cursos) para médicina, pero aun está por definir.

Título de master: es el segundo ciclo de las enseñanzas universitarias y ofrece  una especialización profesional a quienes lo cursen. Se cursa después de haber realizado los estudios de grado. Dependiendo de cada titulación puede durar  60 ó 120 horas.

Título de doctor: para realizar el doctorado hay que tener 300 créditos (entre los de grado y master) y realizar la tesis doctoral.

 


         La normativa española se está adaptando al marco normativo europeo. Durante unos años pervivirán el actual sistema de estudios con el nuevo.

La armonización se ha hecho en dos fases:

  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la  Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril,reforma las enseñanzas universitarias.
  • REAL DECRETO 1393/2007, de 29 de octubre, por sustituye a los los Reales Decretos 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado y 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado, que quedarán derogados una vez que hayan concluido los estudios iniciados con actualmente acogiendose a ellos.
  • El  Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre  define el sistema de  los créditos europeos, ECTS.

  • Incorporación a las nuevas enseñanzas.   

            En el curso académico 2010-2011 ya no podrán ofertarse plazas de nuevo ingreso en primer curso para las actuales titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico.

            La implantación por las universidades de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos previstos por este real decreto, podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista en el correspondiente plan de estudios.  Los alumnos que hayan comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrán acceder a las enseñanzas reguladas en este real decreto, previa admisión de la Universidad.  

         Las actuales titulaciones tendrán el mismo valor que las nuevas titulaciones de grado.

           Según estas normas, en el territorio nacional, todos los planes de estudio de cada ciclo deben de seguir unas directrices comunes y otras específicas en las que se concretan el número total de créditos para onbtener el título, los contenidos comunes y los efectos profesionals que puede tener.

       

     

     

     

     

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